lunes, 21 de octubre de 2013

¿Igualdad ante la Ley?

Publicado en Diario de Noticias 

Todo el mundo recordará que el pasado mes de Julio, el Tribunal Supremo archivó la causa contra la presidenta del Gobierno, Yolanda Barcina, por el caso de las dietas de la CAN. Pero, ¿por qué el Supremo? No es un caso aislado, podemos sumarle otros muchos casos. El caso "Campeón" que afectó al diputado José Blanco o la condena al Magistrado Baltasar Garzón, son otros ejemplos que se pueden mencionar.

En nuestro ordenamiento jurídico el aforamiento esta establecido en la Constitución como una prerrogativa de Diputados y Senadores (artículo 71.3) y del Presidente y los ministros del Gobierno (artículo 102.1). A lo establecido en la Constitución, se suma un fenómeno de expansión de los aforamiento a través de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Estatutos de Autonomía, o en el caso singular de Navarra, a través de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA). En nuestra Comunidad, la LORAFNA expande el aforamiento a los miembros del Parlamento de Navarra (artículo 14), y a los miembros del Gobierno Foral (artículo 27), razón por la cual la causa de Barcina fue a parar al Tribunal Supremo. Con esta regulación legal, nos encontramos en España con alrededor de 10.000 aforados, de los cuales unos 7.000 corresponden al Poder Judicial, y el resto son altos cargos políticos de Estado y Comunidades Autónomas.

Y no sólo existen aforamientos que reserven la competencia de conocer un asunto al Tribunal Supremo, también existen aforamientos a favor de los Tribunales Superiores de justicia de las diferentes Comunidades Autónomas. Un ejemplo relativamente reciente es el caso de los trajes del ahora ex presidente Camps en Valencia (en este caso particular se da además la circunstancia agravada de que el Presidente del mencionado Tribunal era amigo intimo de Camps).

Ahora bien, ¿qué sentido tiene el que exista un nutrido grupo de personas con un trato diferente al del resto de la sociedad? Bajo mi humilde opinión, este hecho escenifica una vez más la existencia de una clase política que tiene por objeto el perpetuarse en el poder. O por decirlo de una forma más coloquial, hay personas que se sienten muy cómodas en el sillón y que la condición de aforada les favorece para hacer de la política su medio de vida. 

¿No somos todos iguales ante la Ley? Los aforamientos son totalmente incoherentes con el precepto más importante (a mi juicio) de la Constitución. Sí, el artículo 14 ensalza claramente la igualdad ante la Ley como un principio supremo de nuestro ordenamiento: "los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". ¿De verdad es esto cierto?

En la práctica, existen sin duda consciencias del hecho de que existan aforamientos. Se da un "efecto arrastre". Esto se aprecia claramente en el caso de las dietas de la CAN, donde la Titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de Pamplona ha tenido que archivar la causa contra Miguel Sanz, Álvaro Miranda y Enrique Maya (imputados con anterioridad), a causa de la decisión del Tribunal Supremo.

Anómala también es la circunstancia de que el Instructor (quién va dirigir la fase de investigación) sea nombrado y elegido por el Tribunal que luego juzgará al acusado. 

Así mismo, en los casos en que el Tribunal Supremo sea el competente para conocer en primera instancia, se atentará contra el principio de doble instancia (posibilidad de las partes de recurrir a un Tribunal jerárquicamente superior). En este sentido cabe recordar que el artículo 14.5º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 (del que España forma parte desde 1977) reconoce este principio fundamental del Proceso Penal. 

Por último me voy a referir al derecho comparado. Existe una gran diferencia entre lo que ocurre en nuestro país y lo que ocurre en otros Estados. En Francia únicamente están aforados el Presidente de la República, el Primer Ministro y el resto de ministros. En Italia y Portugal por su parte, únicamente es aforado el Presidente de la República. En el caso de Alemania, Reino Unido o Estados Unidos, simplemente no existe el aforamiento.

Desgraciadamente nuestro país tiene mucho que cambiar para superar la crisis política tan grave que existe. Y entre esos cambios tiene que figurar la desaparición de los aforamientos. 


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