viernes, 17 de diciembre de 2010

Concierto Hatortxu Rock en Zizur

El pasado jueves se celebró un Pleno ordinario en el Ayuntamiento de Zizur. En el mismo se debatió y votó una moción que presento UPN para desautorizar la celebración del concierto Hatortxu Roocks.

El Grupo Municipal Socialista de Zizur se ausento de la sala de Plenos durante la moción, y ante las múltiples especulaciones que se están haciendo del por qué de esta ausencia, quiero dar una explicación.

El PSN de Zizur leyó y entregó un comunicado a la prensa. De este comunicado se pueden sacar dos conclusiones:

·      En primer lugar, que los socialistas estábamos de acuerdo en que se cediera el espacio a los organizadores del concierto, si bien veíamos más conveniente que existiese una contraprestación por parte de los organizadores. Creíamos que hubiese sido más positivo para el pueblo que se hubiese arrendado el terreno en vez de cedido gratuitamente.

·      En segundo lugar, el Grupo Municipal Socialista no participio en la votación de la moción porque la intención de quien la presentaba no era otra que hacer un uso partidista del terrorismo y de sus victimas.

En un Estado de Derecho existe la libertad de expresión, y en nuestro país el mismo esta reconocido en el artículo 20 de la Constitución. Con esta moción lo único que ha querido UPN, con su portavoz Luis María Iriarte a la cabeza, es el crear un debate totalmente artificial y estéril. Es triste decirlo, pero el único objetivo que tenía UPN es el tener un espacio en la prensa y crear un problema donde no lo había. Más triste es que ha conseguido su objetivo.

Desde aquí quiero dirigirme a UPN y decirles, que si de verdad ven delictiva esta actividad, acudan a los Tribunales de Justicia. Yo sinceramente no creo que exista delito alguno, puesto que si sostenemos la versión que ha realizado UPN de este asunto, estoy seguro que la fiscalía hubiese actuado, ya que estaríamos ante un delito de colaboración con organización terrorista, tipificado en el artículo 576 del Código Penal, con una pena de cinco a diez años.

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